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Trámites migratorios para extranjeros y colombianos

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Facultad de Medicina

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Trámites migratorios para extranjeros y colombianos

Publicado 21 jun. 2019

En esta sección encontrará la información básica para poder asegurarse que cumple con la normatividad vigente de Colombia en el caso de ser un invitado de nuestra Facultad, o la normatividad al país al cuál se dirige.
 

Trámites migratorios para extranjeros y colombianos

Ingreso a Colombia y Cédula de extranjería

Todo extranjero interesado en visitar el país por razones académicas, podrá ingresar mediante un PIP (Permiso de Ingreso y Permanencia) o una visa. En el siguiente apartado se explica un poco sobre estos procesos

Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP)

El PIP es un sello que imprimen las autoridades migratorias en el aeropuerto de destino, una vez el extranjero llega al país. Los estudiantes provenientes de países a los cuales no se les exija visa para ingresar a Colombia (ver listado) y que hayan sido aceptados para un intercambio académico de menos de 6 meses, deberán presentar su carta de aceptación ante Migración Colombia, al momento de entrar al país, para la emisión de este Permiso. Para más información haga clic aquío si desea conocer el tipo de PIP correspondiente a emitir haga clic aquí.

Visa para Visitas Académicas

Además de los PIP, los extranjeros que visiten Colombia también pueden ingresar al país por medio de una visa, es solicitada desde el país de origen y su finalidad es legalizar estancias superiores a los 180 días (6 meses). En Colombia existen tres tipos de visa para personas provenientes de otros países. Para actividades académicas la visa correspondiente será la tipo “V” o tipo “V” de cortesía. Para más información haga clic aquí.

Cédula de Extranjería

Los extranjeros mayores y menores de edad titulares de visas con vigencia superior a 3 meses, deberán tramitar ante Migración Colombia la Cédula de Extranjería al momento de efectuar el registro como extranjeros, o a más tardar dentro de los 15 días calendario siguientes, contados a partir de su ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, si ésta se obtuvo dentro del territorio nacional. Ver requisitos y procedimiento.

No cumplir con esta medida puede acarrear sanciones económicas. La validez de la Cédula de Extranjería será igual a la de la Visa. En caso de que solicite una prórroga, deberá renovar su Cédula de Extranjería. Para solicitar la Cédula de Extranjería ir a la oficina de Migración Colombia ubicada en la Calle 19 # 80A-40 Barrio Belén La Nubia, de 8:00 y a 4:00 p.m., jornada continua.
 

Pasaportes y Visas Para Colombianos

La Coordinación de Relaciones Internacionales de la Facultad de Medicina y la Dirección de Relaciones Internacionales no se encarga de tramitar pasaportes y visas, ni maneja información sobre los trámites y requisitos para obtener estos documentos.

El docente, estudiante e investigador colombianos que tenga el proyecto de viajar deberá tramitar de manera independiente la visa, para la cual la Coordinación de la Facultad o la Dirección de Relaciones Internacionales podrán otorgarle una carta de presentación dirigida a la embajada correspondiente. Para conocer sobre la solicitud de cartas firmadas por el rector de clic aquí.

La Dirección de Relaciones Internacionales no tiene ningún tipo de convenio o contrato con agencias o empresas privadas para la realización de trámites migratorios, tanto para los visitantes extranjeros que vienen a realizar actividades académicas a la Universidad de Antioquia, como para los docentes, estudiantes y personal administrativo de la Universidad.

Se recomienda consultar directamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Embajadas, Consulados o con las oficinas de Migración Colombia.

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