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Listado

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Resultados de convocatoria para elegir representante de estudiantes ante el Comité de Posgrados para el periodo 2024-2025

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN No. 028
1 de octubre de 2024

Por la cual se convoca a los y las estudiantes para que elijan su representante ante el Comité de Posgrados para el periodo 2024-2025 El INSTITUTO DE ESTUDIOS POLÍTICOS DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las Acuerdo Superior 01 de 1994 - Estatuto General, y

CONSIDERANDO QUE:
1.    El Estatuto General consagra en el Capítulo III, del Título I, los principios que integran y soportan la aplicación e interpretación de las normas de nuestra Institución, resaltando específicamente lo dispuesto en el artículo 18°: “los integrantes del personal universitario tienen derecho de participar en forma individual o colectiva en la vida institucional, mediante los mecanismos consagrados en la Constitución, las leyes y las normas de la Universidad”.

2.    El Director del Instituto de Estudios Políticos, en solicitud aprobó la convocatoria para la elección del representante de los y las estudiantes, ante el Comité de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos.

3.    La convocatoria se encuentra regulada en el artículo 9º del Acuerdo Superior 306 de 2005.

En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Convocatoria. Convocar a los y las estudiantes para que elijan su representante ante el Comité de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos, para el período 2024-2025
ARTÍCULO 2°: Elegibles. Serán elegibles para el Comité de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos, los y las estudiantes de la Maestría en Ciencia Política que estén matriculados.

ARTÍCULO 3°: Electores. Serán electores del representante y del suplente, ante Comité de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos, los y las estudiantes, que al momento del cargue del censo tengan la respectiva calidad.
ARTÍCULO 4°: Cronograma. Adoptar el siguiente cronograma, el cual señala los términos y etapas de esta convocatoria.

ARTÍCULO 5°: Inscripción de candidatos. La inscripción de los candidatos deberá hacerse ante la Coordinación de Posgrados a través de comunicación electrónica, dirigida al correo: posgradosepoliticos@udea.edu.co, que contenga nombre, cédula y correo electrónico.
ARTÍCULO 6°: Notificaciones. Para todos los efectos se notificará con el envío de las comunicaciones al correo electrónico aportado en la inscripción.
ARTÍCULO 7°: Votación. La elección se realizará a través del Portal Universitario por medio del voto electrónico, entre las 8:00 horas y 16:00 horas del día de la elección. En ningún caso podrá delegarse el voto
Parágrafo. Para votar, cada elector ingresará con su nombre de usuario y contraseña. En caso de no contar con usuario y contraseña, el elector deberá solicitarla a la Coordinación de Posgrados, para ejercer su derecho al voto.
ARTÍCULO 8°. Se garantizará el voto en blanco. En caso que gane el voto en blanco, deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir el representante estudiantil y el suplente, ante el Comité de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes y no podrán presentarse las mismas planchas.
ARTÍCULO 9°: Para el desarrollo de las votaciones se designará una comisión veedora integrada por Felipe Nieto Palacio, profesor del Instituto de Estudios Políticos, y Pablo Rendón Porras, estudiante de la Maestría en Ciencia Política, para que, en el día de la votación, faltando 10 minutos para la hora de inicio, verifiquen las condiciones del aplicativo de consultas y elecciones; igualmente, la comisión deberá estar presente faltando 10 minutos para el cierre de la misma, y en este momento confeccionar el acta de resultados.
ARTÍCULO 10°: Empate1. En caso de empate, se tomará como criterio de desempate quien tenga el mayor número de créditos aprobados. En caso de persistir el empate se procederá conforme lo dispone el artículo 183 del Código Nacional Electoral2.


Max Yuri Gil Ramírez Director
Instituto de Estudios Políticos

1 Los criterios de desempate son discrecionales.
2 Si el número de votos a favor de dos (2) o más candidatos o listas fuere igual, la elección se decidirá a la suerte, para lo cual, colocadas en una urna las papeletas con los nombres de los candidatos o de quienes encabezan las listas que hubiesen obtenido Igual número de votos, un ciudadano designado por la corporación escrutadora extraerá de la urna una de las papeletas. El nombre que ésta contuviere será el del candidato o lista a cuyo favor se declara la elección

 

Descargar convocatoria

 

La Coordinación de Posgrados del Instituto de Estudios Políticos hace constar que sólo se inscribió una plancha para dicha representación y que los integrantes de la misma cumplen con los requisitos y ostentan las calidades establecidas en el Estatuto General de la Universidad de Antioquia y la Resolución de Dirección 028 del 01 de octubre de 2024, para ser  candidatos a representante de los estudiantes ante el Comité de Posgrados de la unidad académica.

Plancha:
Andrés Felipe Cardona Cardona (Principal). Programa: Maestría en Ciencia Política.
Ana María Restrepo Ossa (Suplente). Programa: Maestría en Ciencia Política.

Conozca el Acta de verificación del cumplimiento de los requisitos AQUÍAQUÍ

 

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