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AccionesComité Técnico de Investigaciones
Creado por el Acuerdo Superior 204 del 6 de noviembre de 2001 , que reglamenta la actividad de investigación en la Universidad de Antioquia
El Comité Técnico de Investigaciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia es un órgano encargado de la proposición de políticas de investigación ante el Consejo de la Facultad y con ello de la postulación de pautas y el fomento del trabajo investigativo de la dependencia.
Para la mejor consecución de este fin, el Comité debe propender por la conformación de Grupos de Investigación que aseguren la calidad y la pertinencia de los proyectos de investigación con el fin de alcanzar un reconocimiento regional, nacional e internacional; así mismo, se encarga de fomentar la participación de los estudiantes en los Grupos de Investigación con el fin de garantizar su permanencia y estabilidad en la Facultad.
Las políticas y prioridades de la investigación en la dependencia se orientarán de acuerdo con las relaciones entre los investigadores y la sociedad, que el Comité Técnico deberá fomentar.
Funciones:
- Proponer al Consejo de la Facultad las políticas de investigación de la dependencia.
- Fomentar el desarrollo de investigaciones que respondan a las políticas de la respectiva unidad académica.
-
Parágrafo. En las Facultades, Escuelas e Institutos donde no existieren Centros de Investigación, los Consejos de Facultad, Escuela o Instituto actuarán como Comités Técnicos y el Decano o Director hará las veces de Jefe del Centro.
- Propender a la conformación de Grupos de Investigación que aseguren la calidad y la pertinencia de los proyectos de investigación.
- Procurar que, con sus productos, tales grupos alcancen un reconocimiento regional, nacional e internacional.
- Fomentar las relaciones de los investigadores con la sociedad, con el objeto de orientar las decisiones sobre políticas y prioridades de la investigación en la dependencia.
- Fomentar la participación de los estudiantes en los Grupos de Investigación, para que se garantice de esta forma la permanencia y estabilidad de tales grupos.
- Estimular la relación de los programas de investigación con los de docencia y de extensión.
- Promover la participación activa en las convocatorias que realiza anualmente el Comité para el Desarrollo de la Investigación.
- Coordinar el proceso de evaluación de los proyectos de investigación presentados al Centro. Como resultado de este proceso, recomendar al Consejo de Facultad la aprobación de los proyectos de investigación que, por medio del Comité de Área, solicitarán el apoyo financiero del Comité para el Desarrollo de la Investigación, y de aquellos que buscarán el apoyo financiero de entidades externas nacionales e internacionales.
- Establecer los mecanismos necesarios para apoyar a los investigadores en los aspectos metodológicos, en la formulación de los proyectos, en el procesamiento de la información, y en el análisis de los resultados.
- Tramitar, ante las instancias pertinentes de la Universidad, lo relacionado con la puesta en marcha, ejecución y terminación de los proyectos del Centro, en los campos administrativo, financiero y reglamentario.
- Realizar la evaluación final de los proyectos de investigación terminados, según la reglamentación vigente.
- Supervisar, controlar y responder ante el Consejo de Facultad por la marcha y el cumplimiento, dentro del cronograma establecido, de todos los proyectos y actividades de investigación inscritos en el Centro.
- Estudiar el presupuesto anual del Centro, elaborado por el Jefe del mismo, y hacer las recomendaciones del caso ante las instancias pertinentes.
Parágrafo. En las Facultades, Escuelas e Institutos donde no existieren Centros de Investigación, los Consejos de Facultad, Escuela o Instituto actuarán como Comités Técnicos y el Decano o Director hará las veces de Jefe del Centro.
Integrantes:
- El Decano de la Facultad, quien lo presidirá.
- El Jefe del Centro, quien hará las veces de Secretario.
- Un Coordinador de los Grupos de Investigación que alcanzaron la categoría más alta en la última convocatoria del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, elegido por los propios Coordinadores.
- Un Coordinador de los Programas de Doctorado, elegido por los Coordinadores de tales programas.
- Un Coordinador de los Programas de Maestría, elegido por los Coordinadores de tales programas.
- Un representante de los investigadores con proyectos en ejecución, elegido por ellos mismos.
Consulte el histórico de las Actas de 1999-2019
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Espíritu Crítico y Compromiso Social
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