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Institucional

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Normativa

Publicado 19 dic. 2016

Nuestra universidad, pretende desarrollar estrategias para que de manera articulada e intersectorial, se logren mejores resultados en la prestación de servicios de salud como entidad con objeto social diferente, además de mejorar la experiencia de los usuarios y hacer el mejor uso posible de los recursos en cada atención brindada.

En la Universidad de Antioquia se creó el Comité de Habilitación de Servicios de Salud mediante Resolución Rectoral 39284 del 2 de octubre del 2014 con el objetivo de consolidar un organismo que pueda definir las directrices, planificar las acciones y realizar seguimiento de las condiciones de habilitación para la prestación de servicios de salud con calidad y con mínimos riesgos para los usuarios.

  • Condiciones para que los servicios de salud ofertados y prestados en el país, cumplan con los requisitos mínimos para brindar seguridad a los usuarios en el proceso de la atención en salud.
  • Servicio de salud, es el conjunto de recursos, insumos, procesos y procedimientos organizados y autorizados con el objeto de prevenir las enfermedades, promover, mantener, recuperar y/o rehabilitar la salud de las personas. (Excluye educación, vivienda, protección, alimentación y apoyo a la justicia).
  • Los estándares de habilitación son las condiciones tecnológicas y científicas mínimas e indispensables para la prestación de servicios de salud, aplicables a cualquier prestador de servicios de salud, independientemente del servicio que éste ofrezca y los criterios establecen el detalle del estándar para su interpretación y son el elemento concreto dentro de cada servicio, para evaluar la seguridad en la atención del paciente.

 

Estándares de habilitación

  • Talento humano
  • Infraestructura
  • Dotación,
  • Medicamentos dispositivos médicos e insumos
  • Procesos Prioritarios
  • Historia Clínica y
  • Registros e Interdependencia

 

 

Según el Ministerio de Salud y Seguridad Social 

​​​​​Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB). Ver más

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